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Autor Tema: Fiscalidad referente a IPRF 2011  (Leído 17439 veces)

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Desconectado Le Tissier

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Re: Fiscalidad referente a IPRF 2011
« Respuesta #80 en: Abril 11, 2012, 21:20 Horas »
Señores Hijos de Puta contribuyentes, desde ayer la pagina de la Agencia e incluso nuestra Intranet esta acolapsada, ya que, como bien dice mi Leticia, el vulgo tieso tieso quiere sus 13 o 14 euros el primer dia ya para poder comprar su tabaco.

Dejen de molestar.
Gracias  :D

Te creerás que es coña.
Llevo 2 putos días intentando acceder al informa para ver una cosa del IVA que necesito saber y me tienen acolasá toda la palmera

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Re: Fiscalidad referente a IPRF 2011
« Respuesta #81 en: Abril 11, 2012, 22:23 Horas »
¿Hay alguna forma en la web de Hacienda para poder realizar una consulta en la declaración de la renta del año pasado? A mi padre se lo mire por internet para el código de referencia para hacérselo y no encuentro que se lo imprimiera y no tengo el PDF por ningún lado y claro, sin poder consultar la casilla 620 de la declaración del año pasado no puedo pasar al paso de que le envíen el SMS al móvil y lo que si tengo en el ordenador es el PDF de la confirmación del borrador donde viene unos códigos y tal como que se confirmo el borrador tal día...

¿Puedo dar con el borrador de la declaración del año pasado? A ver sí es posible y sino por favor decidme un teléfono donde pueda llamar a Hacienda por favor, a ver si me pueden facilitar la casilla 620.

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Re: Fiscalidad referente a IPRF 2011
« Respuesta #82 en: Abril 11, 2012, 23:02 Horas »
¿Hay alguna forma en la web de Hacienda para poder realizar una consulta en la declaración de la renta del año pasado? A mi padre se lo mire por internet para el código de referencia para hacérselo y no encuentro que se lo imprimiera y no tengo el PDF por ningún lado y claro, sin poder consultar la casilla 620 de la declaración del año pasado no puedo pasar al paso de que le envíen el SMS al móvil y lo que si tengo en el ordenador es el PDF de la confirmación del borrador donde viene unos códigos y tal como que se confirmo el borrador tal día...

¿Puedo dar con el borrador de la declaración del año pasado? A ver sí es posible y sino por favor decidme un teléfono donde pueda llamar a Hacienda por favor, a ver si me pueden facilitar la casilla 620.


No controlo mucho de Gestion, siempre he huido de renta, no me hace mucha gracia...asi que no puedo ayudarte en demasia.

Eso si, si no ha cambiado, que no lo se, hace tres años trabajaba en ITB (Informacion Tributaria Basica) y si no tenias el numero de la casilla, tenias que ir a alguna Delegacion donde te facilitaban copia de la renta del año anterior o bien el importe de la casilla 620 (Base liquidable general sometida a gravamen).

Si es para tu padre, o bien va el o tu con autorizacion y su DNI, sino no te lo dan.
Mañana pregunto y comento por aqui...

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Re: Fiscalidad referente a IPRF 2011
« Respuesta #83 en: Abril 11, 2012, 23:05 Horas »

No controlo mucho de Gestion, siempre he huido de renta, no me hace mucha gracia...asi que no puedo ayudarte en demasia.

Eso si, si no ha cambiado, que no lo se, hace tres años trabajaba en ITB (Informacion Tributaria Basica) y si no tenias el numero de la casilla, tenias que ir a alguna Delegacion donde te facilitaban copia de la renta del año anterior o bien el importe de la casilla 620 (Base liquidable general sometida a gravamen).

Si es para tu padre, o bien va el o tu con autorizacion y su DNI, sino no te lo dan.
Mañana pregunto y comento por aqui...

Muchas gracias tío. Me veo haciendome mi padre una autorización escrita y con su DNI teniendo que ir a Hacienda.

Desconectado rafapaz

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Re: Fiscalidad referente a IPRF 2011
« Respuesta #84 en: Abril 12, 2012, 11:52 Horas »
Porque el límite máximo de deducción EN CADA declaración no llega a 10.000 euros.

Por tanto, si estás soltero, separado, casado en separación de bienes (comprado el piso de soltero) o casado y haces tributación conjunta, pierdes 7.000 y pico de deducción

Si estás casado en gananciales (o en separación de bienes con piso comprado in diviso) y hacéis la tributación separada, hacéis DOS declaraciones. Y como los límites son por declaración, el vuestro sería 18.000 y pico. Por tanto, al haber pagado 17.000 os lo deducís todo (si es que hay retenciones para deducir, claro)

De nada

No sé si lo he entendido, si estás casado y pagas hipoteca de vivienda habitual, eres propietario de tu casa 50% tú y 50% tu conyuge, y has pagado (amortización+intereses) más del límite de 9000 euros y pico en este concepto, digamos por ejemplo que hemos pagado 18000,

¿dices que si declaramos por separado, no cuentan 4500 euros cada uno (50% de 9000) sino que contarían 9000 cada uno (50% de 18000) ya que el límite por declaración individual es de 9000 en ese concepto?

seguro?


Desconectado sueño

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Re: Fiscalidad referente a IPRF 2011
« Respuesta #85 en: Abril 12, 2012, 13:19 Horas »

No, Pedro se refiere a que si "renuncia a la devolución o solicita la devolución por transferencia bancaria". Nada que ver con el 0,5.

Si es lo que creo, no es que renuncies a la devolución, sino que te da a elegir entre que te den el dinero por transferencia o bien te lo inviertan en Letras del Tesoro (que por cierto, no dan muy mal interés ahora, pero cualquiera se fia de Expaña).

En cuanto a lo de la casilla 620 de la declaración del 2010, ni idea. Mejor llamalos y te lo aclaran.

Un abrazo!

Desconectado Le Tissier

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Re: Fiscalidad referente a IPRF 2011
« Respuesta #86 en: Abril 12, 2012, 16:42 Horas »
No sé si lo he entendido, si estás casado y pagas hipoteca de vivienda habitual, eres propietario de tu casa 50% tú y 50% tu conyuge, y has pagado (amortización+intereses) más del límite de 9000 euros y pico en este concepto, digamos por ejemplo que hemos pagado 18000,

¿dices que si declaramos por separado, no cuentan 4500 euros cada uno (50% de 9000) sino que contarían 9000 cada uno (50% de 18000) ya que el límite por declaración individual es de 9000 en ese concepto?

seguro?



El Judoru queriéndome invitar a birras por esto y tú preguntandome si estoy seguro en una cuestión que es de 1º de IRPF :D :D :D
El día que resuelva una duda por doble imposición de dividendos internacional me ponen un piso :D :D :D :D :D :D

Sí. eso es así. Los límites son 9.040 y por declaración.

Pero vamos. Que con tanta pregunta ya me haces dudar incluso de una cosa tan básica. Voy a mirarlo (si es que ya habéis dejado de acolasar la parmera, digooo, la web de la aeat, panda de tiesos :D :D :D)

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Re: Fiscalidad referente a IPRF 2011
« Respuesta #87 en: Abril 12, 2012, 17:12 Horas »

El Judoru queriéndome invitar a birras por esto y tú preguntandome si estoy seguro en una cuestión que es de 1º de IRPF :D :D :D
El día que resuelva una duda por doble imposición de dividendos internacional me ponen un piso :D :D :D :D :D :D

Sí. eso es así. Los límites son 9.040 y por declaración.

Pero vamos. Que con tanta pregunta ya me haces dudar incluso de una cosa tan básica. Voy a mirarlo (si es que ya habéis dejado de acolasar la parmera, digooo, la web de la aeat, panda de tiesos :D :D :D)

ya que la gente presume por aquí de tieso, yo lo puedo hacer de tieso e ignorante  ;D

gracias por contestar a uno que está en parvulitos de IRPF (al menos sé escribir bien el palabro, viendo el título), y además me conviene la respuesta  ;)

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Re: Fiscalidad referente a IPRF 2011
« Respuesta #88 en: Abril 13, 2012, 19:55 Horas »
Un vecino me ha dicho que le mire el borrador y le sale positiva en 255 lerus. En el borrador le viene "Individual" y yo se la he querIdo modificar a "Conjunta" y me sale error, no me deja modificar eso. Sin embargo he descargado los datos al programa PADRE y poniéndolE "Conjunta" le sale -670. ¿Por qué no me deja modificar eso en el borrador?

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Re: Fiscalidad referente a IPRF 2011
« Respuesta #89 en: Abril 17, 2012, 19:23 Horas »
Para continuar a la "siguiente fase"  :D :D :D me piden "Datos adicionales de la vivienda en la que tiene su domicilio habitual", vivo con mis padres y no sé cómo rellenar las casillas; y poder enviar por fin la fruta declaración.

¿Qué debo poner, coño?

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Re: Fiscalidad referente a IPRF 2011
« Respuesta #90 en: Abril 17, 2012, 19:33 Horas »
Para continuar a la "siguiente fase"  :D :D :D me piden "Datos adicionales de la vivienda en la que tiene su domicilio habitual", vivo con mis padres y no sé cómo rellenar las casillas; y poder enviar por fin la fruta declaración.

¿Qué debo poner, coño?


Para continuar a la siguiente fase creo que va siendo hora que te independices...

Digo yo eh

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Re: Fiscalidad referente a IPRF 2011
« Respuesta #91 en: Abril 17, 2012, 19:50 Horas »
Para continuar a la "siguiente fase"  :D :D :D me piden "Datos adicionales de la vivienda en la que tiene su domicilio habitual", vivo con mis padres y no sé cómo rellenar las casillas; y poder enviar por fin la fruta declaración.

¿Qué debo poner, coño?

nº de referencia catastral de la vivienda de tus padres. se encuentra en el recibo de la contribución de la vivienda.

Desconectado kalamar

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Re: Fiscalidad referente a IPRF 2011
« Respuesta #92 en: Abril 17, 2012, 20:32 Horas »
nº de referencia catastral de la vivienda de tus padres. se encuentra en el recibo de la contribución de la vivienda.

Gracias, al final di con la tecla.

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Re: Fiscalidad referente a IPRF 2011
« Respuesta #93 en: Mayo 14, 2012, 15:58 Horas »
Me sale a devolver 300 euros (hay que confirmarlo)

VIVA ESPAÑAAAA!!!

 :D

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Re: Fiscalidad referente a IPRF 2011
« Respuesta #94 en: Mayo 14, 2012, 16:36 Horas »
Me sale a devolver 300 euros (hay que confirmarlo)

VIVA ESPAÑAAAA!!!

 :D

No cantes victoria amigo Pueblo... ya te lo quitarán de otro lado  :D :D

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Re: Fiscalidad referente a IPRF 2011
« Respuesta #95 en: Mayo 14, 2012, 16:38 Horas »
No cantes victoria amigo Pueblo... ya te lo quitarán de otro lado  :D :D

Desde luego que si....me voy a mudar a Gibraltar!

 ;D

Desconectado rafapaz

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Re: Fiscalidad referente a IPRF 2011
« Respuesta #96 en: Junio 07, 2012, 15:29 Horas »
Tengo una duda, por si alguien lo sabe:

En cuando a la deducción por la hipoteca de tu vivienda habitual:

¿te devuelven el 15% de lo pagado en el año?

¿la compra tiene que haber sido antes del año 2006, o algo de eso? ¿y si es posterior?

El % que te devuelven, ¿es siempre el mismo al cabo de los años? ¿o empiezas por ejemplo con el 15%, y va disminuyendo? ¿tienes derecho a desgravarte hasta que termines de pagar la hpoteca?

gracias.

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Re: Fiscalidad referente a IPRF 2011
« Respuesta #97 en: Junio 10, 2012, 23:15 Horas »
Tengo una duda, por si alguien lo sabe:

En cuando a la deducción por la hipoteca de tu vivienda habitual:

¿te devuelven el 15% de lo pagado en el año?

¿la compra tiene que haber sido antes del año 2006, o algo de eso? ¿y si es posterior?

El % que te devuelven, ¿es siempre el mismo al cabo de los años? ¿o empiezas por ejemplo con el 15%, y va disminuyendo? ¿tienes derecho a desgravarte hasta que termines de pagar la hpoteca?

gracias.

Lo re-subo, por si alguien puede ayudarme, gracias.

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Re: Fiscalidad referente a IPRF 2011
« Respuesta #98 en: Junio 10, 2012, 23:22 Horas »
Tengo una duda, por si alguien lo sabe:

En cuando a la deducción por la hipoteca de tu vivienda habitual:

¿te devuelven el 15% de lo pagado en el año?

¿la compra tiene que haber sido antes del año 2006, o algo de eso? ¿y si es posterior?

El % que te devuelven, ¿es siempre el mismo al cabo de los años? ¿o empiezas por ejemplo con el 15%, y va disminuyendo? ¿tienes derecho a desgravarte hasta que termines de pagar la hpoteca?

gracias.

Hay dos tipos
- La estatal. 15% con independencia de la fecha de la compra. Lo que pasa es que la normativa anterior era más favorable que la actual. De ahí que se mantenga una compensación fiscal (casilla 737) para los que adquirieron antes de 2006. Por tanto, la deducción es del 15%, pero si la adquiriste antes de esa fecha, por aquella pamplina de los derechos adquiridos, tienes como un pequeño plus que el programa recalcula automáticamente

El porcentaje siempre es el mismo. Con la anterior ley, era de un 25% en los dos primeros años y del 20% en el resto. Ya no. Ya es siempre del 15% y hasta que termines la hipoteca

- La autonómica, que a mucha gente se le olvida. Tiene varios porcentajes y requisitos (si es VPO, si eres menor de 35 años, si tu BI es superior o inferior a, etc)

Desconectado rafapaz

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Re: Fiscalidad referente a IPRF 2011
« Respuesta #99 en: Junio 10, 2012, 23:26 Horas »
Hay dos tipos
- La estatal. 15% con independencia de la fecha de la compra. Lo que pasa es que la normativa anterior era más favorable que la actual. De ahí que se mantenga una compensación fiscal (casilla 737) para los que adquirieron antes de 2006. Por tanto, la deducción es del 15%, pero si la adquiriste antes de esa fecha, por aquella pamplina de los derechos adquiridos, tienes como un pequeño plus que el programa recalcula automáticamente

El porcentaje siempre es el mismo. Con la anterior ley, era de un 25% en los dos primeros años y del 20% en el resto. Ya no. Ya es siempre del 15% y hasta que termines la hipoteca

- La autonómica, que a mucha gente se le olvida. Tiene varios porcentajes y requisitos (si es VPO, si eres menor de 35 años, si tu BI es superior o inferior a, etc)

Yo había oido que era el 15% pero en total, o sea de lo pagado por hipoteca durante el año: desgravas 7,5% de la estatal + 7,5% de la parte autonomica.

 


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