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Autor Tema: Fiscalidad referente a IPRF 2011  (Leído 17425 veces)

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Desconectado cornelio

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Re: Fiscalidad referente a IPRF 2011
« Respuesta #100 en: Junio 10, 2012, 23:27 Horas »
Puede que quede un poquito largo, pero leyéndolo despacio se pueden aclarar mucxhas dudas.

Cuando se hace la renta, lo que se calcula es lo que TÚ tienes que pagar a Hacienda en el año. A más ganas, más pagas.

Una vez que se ha calculado lo que ganas se reduce esa ganancia por hijos y cosas por el estilo, y se calcula la cuota.

Esa cantidad es la que TÚ TIENES que pagar.

Ahora viene la segunda parte, las deducciones, por donativos y cosas por el estilo y la más importante, la hipoteca. (Es decir la compra de la casa donde vives).

De lo que pague de hipoteca te deduces un 15%, (con un límite de inversión de 9015 euros), si es anterior al 2006 (redondeando), una parte de esa cantidad va al 20%.

Tenemos la cuota que tienes que pagar y una cantidad a deducir a restar de esa cuota.

Lo MÁXIMO a lo que puedes llegar es a QUE NO TENGAS QUE PAGAR NI UN EURO.

Es decir, si la deducción es mayor que la cuota, pues te jodes porque ya has llegado a cero.

Si la cuota es mayor que la deducción, pues vale entera.

Después de hacer esa cuenta tendremos LO QUE VAS A PAGAR AL ESTADO ESTE AÑO.

Ahora viene la segunda parte.

¿Cuánto tienes qué pagar? ¿Cuánto has pagao (retenciones)? Lo que te sobre te lo devuelven.

Si te sale que tienes a pagar cero, y te han retenido cinco, sólo te devolverán cinco, aunque te hayas compardo el Monopoly.

Nunca te devolverán más de lo que te hayan retenido.

¿Me he explicao?


Desconectado Le Tissier

  • Amatéur
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Re: Fiscalidad referente a IPRF 2011
« Respuesta #101 en: Junio 10, 2012, 23:33 Horas »
Yo había oido que era el 15% pero en total, o sea de lo pagado por hipoteca durante el año: desgravas 7,5% de la estatal + 7,5% de la parte autonomica.

Olvídate de eso.
Eso es un tema de financiación autonómica (ley 22/2009) que, a estos efectos, no interesa para nada

Tú te deduces el 15% de lo pagado. Obviamente, como dice Cornelio, te deduces sobre retenciones. Si no te han retenido, tu hipoteca te la comes, fiscalmente, con papas

Aparte, si es de antes de 2006, tienes una especie de compensación que es un complejísimo cálculo matemático. Tú marcas la X en la casilla de deducción de vivienda y el PADRE se encarga de hacer las cuentas

Y, después, hay una deducción autonómica independiente de todo lo anterior que, como te digo, depende de muchos parámetros pero que no debes olvidar por si es aplicable

Desconectado rafapaz

  • Amatéur
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  • Lopetegui Monchi y Pepito fuera del SFC
Re: Fiscalidad referente a IPRF 2011
« Respuesta #102 en: Junio 10, 2012, 23:38 Horas »
Pues muchas gracias a ambos, Le Tissier y cornelio, sois unos cracks. Muy bien explicado, me he enterado hasta yo!

 


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