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Autor Tema: ¿Quién lleva asuntos jurídicos de alegaciones y apelaciones deportivas? ¿Cobra?  (Leído 2005 veces)

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Desconectado NODO SFC 1905

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El Comité de Competición ha sancionado con dos partidos a Medel por su expulsión en el partido frente al Betis y "no ha tenido en cuenta las alegaciones del Sevilla porque se han presentado fuera de plazo". Según la resolución, "el artículo 26.3 del Código Disciplinario de la RFEFD establece que el plazo finaliza a las 14.00 horas del segundo día hábil siguiente al partido y especifica: “Teniendo su entrada en este comité el escrito del Sevilla FC cuando tal plazo estaba extinguido, esta circunstancia impide dar trámite a la pretensión que se formula, y en consecuencia debe prevalecer la presunción de veracidad del relato fáctivo del acta arbitral”.




¿Fuera de plazo?

¿Quién lleva estos temas?

¿Los juristas del consejo?

¿Personal en nómina del club?

¿O se paga a asesorías externas para que lo hagan? Caso de ser así ¿Qué asesorías o despachos son? ¿Tienen relación con algún miembro del consejo de administración del Sevilla? ¿Cuánto cobran?

Creo que este asunto es de la suficiente importancia como para el club lo aclare porque lo ocurrido no es de recibo.

Desconectado Er sevi

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  • Que me quiten lo bailao...
Otra vez los tiempos de Disneyland-Paris....ofú, ofú. >:(

Desconectado GUGAR

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No se si no ha llegado en plazo,pero conociendo como se las gastan estos con nosotros pudiendo meterle cuatro le meten dos,no sé ,no sé.Cuanto menos me extraña que no le hayan dado un vistacito.

Desconectado kalamar

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  • A tu locura me encomiendo...
Si, home, ahora a currar con la de gambas que se comen estos días de Feria. ¡¿Estamos locos?!

Desconectado itise

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  • El Tricampeón de Europa¡¡¡¡
De verdad... no teneis verguenza... jugais con los sentimientos de los sevillistas. >:( >:( >:( >:(

Desconectado Kuwon

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  • De nuevo desde Omicron Persei 8
El Comité de Competición ha sancionado con dos partidos a Medel por su expulsión en el partido frente al Betis y "no ha tenido en cuenta las alegaciones del Sevilla porque se han presentado fuera de plazo". Según la resolución, "el artículo 26.3 del Código Disciplinario de la RFEFD establece que el plazo finaliza a las 14.00 horas del segundo día hábil siguiente al partido y especifica: “Teniendo su entrada en este comité el escrito del Sevilla FC cuando tal plazo estaba extinguido, esta circunstancia impide dar trámite a la pretensión que se formula, y en consecuencia debe prevalecer la presunción de veracidad del relato fáctivo del acta arbitral”.




¿Fuera de plazo?

¿Quién lleva estos temas?

¿Los juristas del consejo?

¿Personal en nómina del club?

¿O se paga a asesorías externas para que lo hagan? Caso de ser así ¿Qué asesorías o despachos son? ¿Tienen relación con algún miembro del consejo de administración del Sevilla? ¿Cuánto cobran?

Creo que este asunto es de la suficiente importancia como para el club lo aclare porque lo ocurrido no es de recibo.

Si no te contestan antes a tu pregunta, ya tienes una para la próxima JGA.

La verdad es que a mí también me gustaría saberlo.

Desconectado NODO SFC 1905

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Según el organigrama del Sevilla FC tal y como refleja la propia web -> http://www.sevillafc.es/archivos/file/pdf/organizacion-funcional.pdf

la responsabilidad por el retraso y la entrega fuera de plazo de las alegaciones a la sanción a Medel puede ser de:

A) La "Asesoría jurídica" (un área de trabajo de los órganos ejecutivos como así es definida en dicho organigrama) y que es designada por el Comité Ejecutivo (presidente, hijo del presidente, Vizcaíno, Monchi y Pepe Castro) a propuesta de la dirección general actualmente vacante tras la marcha de José María Cruz pero cuyas funciones realizan el propio presidente y Vizcaíno según explicaciones del primero.

La misión de la "Asesoría Jurídica" es la "gestión de asuntos jurídicos de la Entidad" según las instrucciones del Director General y que como no existe ahroa como figura, dependen ex aequo tanto del presidente como de Vizcaíno.

Sus funciones son las de coordinar los servicios de los asesores legales externos y acomete directamente los asuntos jurídicos no externalizados, tanto de carácter deportivo como extradeportivo.

Sería interesante saber qué asuntos jurídicos están externalizados y cuáles no.

B) La Oficina de Fútbol (otra área de trabajo de los órganos ejecutivos) designada por el Comité Ejecutivo (presidente, hijo del presidente, Vizcaíno, Castro y Monchi) a propuesta de la Subdirección General Deportiva -> Monchi

Misión: Gestión de toda la logística administrativa, jurídica y de gestión de la actividad principal de fútbol de la entidad.

Compuesta, entre otros, por la Oficina de Fútbol Profesional, responsable de todos los equipos profesionales desde la tramitación administrativa de las fichas, elaboración de contratos, política de RR.PP. con los jugadores y servicios de todo tipo a los mismos.




A ver qué ha ocurrido. habremos de enterarnos.

Desconectado nico

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Re: ¿Quién lleva asuntos jurídicos de alegaciones y apelaciones deportivas?
« Respuesta #7 en: Abril 17, 2013, 18:34 Horas »
Según el organigrama del Sevilla FC tal y como refleja la propia web -> http://www.sevillafc.es/archivos/file/pdf/organizacion-funcional.pdf

la responsabilidad por el retraso y la entrega fuera de plazo de las alegaciones a la sanción a Medel puede ser de:

A) La "Asesoría jurídica" (un área de trabajo de los órganos ejecutivos como así es definida en dicho organigrama) y que es designada por el Comité Ejecutivo (presidente, hijo del presidente, Vizcaíno, Monchi y Pepe Castro) a propuesta de la dirección general actualmente vacante tras la marcha de José María Cruz pero cuyas funciones realizan el propio presidente y Vizcaíno según explicaciones del primero.

La misión de la "Asesoría Jurídica" es la "gestión de asuntos jurídicos de la Entidad" según las instrucciones del Director General y que como no existe ahroa como figura, dependen ex aequo tanto del presidente como de Vizcaíno.

Sus funciones son las de coordinar los servicios de los asesores legales externos y acomete directamente los asuntos jurídicos no externalizados, tanto de carácter deportivo como extradeportivo.

Sería interesante saber qué asuntos jurídicos están externalizados y cuáles no.

B) La Oficina de Fútbol (otra área de trabajo de los órganos ejecutivos) designada por el Comité Ejecutivo (presidente, hijo del presidente, Vizcaíno, Castro y Monchi) a propuesta de la Subdirección General Deportiva -> Monchi

Misión: Gestión de toda la logística administrativa, jurídica y de gestión de la actividad principal de fútbol de la entidad.

Compuesta, entre otros, por la Oficina de Fútbol Profesional, responsable de todos los equipos profesionales desde la tramitación administrativa de las fichas, elaboración de contratos, política de RR.PP. con los jugadores y servicios de todo tipo a los mismos.




A ver qué ha ocurrido. habremos de enterarnos.

Seguramente cualquier descuido como el que puede ocurrir en cualquier empresa, incluso en cualquier casa con un asunto burocrático.

A mí de lo que de verdad me gustaría enterarme es de por qué el fichaje de Stevanovic, con tantos y tantos condicionantes contrarios. De eso no me voy a enterar nunca. Un expediente-x del que en el futuro hablará el blog "colussos contra kukletas".

Desconectado Triaca

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 En principio cuesta entender que en un tema tan de primero de derecho se haya cometido este error de principiantes que además no admite apelativos dando lugar a la no admisión a trámite y en los tiempos de la tecnología de que se dispone se hace más dificil comprender.

Aún en el supuesto de los antecedentes similares que tiene el Sr. Medel, parece que dos partidos es una sanción benévola, pero la defensa hay que ejercerla en todos los casos.

Esperemos aclaración de los responsables de la S.A.D.

 


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