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OFF-TOPIC: De todo un poco. => De todo un poco... => Mensaje iniciado por: jesulinervion en Noviembre 07, 2011, 22:10 Horas
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Me han mandado el contrato que tendré que firmar para empezar a trabajar en breve en las prácticas de empresa que me han concedido y se trata de un contrato mercantil de colaboración. Me han hablado regular de este tipo de contratos porque sería en realidad como un autónomo o algo así. Como no tengo ni pajolera idea en este tipo de cosas, ¿hay alguien con conocimientos laborales que me pueda decir básicamente en que consiste y los pros y contras?
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Me han mandado el contrato que tendré que firmar para empezar a trabajar en breve en las prácticas de empresa que me han concedido y se trata de un contrato mercantil de colaboración. Me han hablado regular de este tipo de contratos porque sería en realidad como un autónomo o algo así. Como no tengo ni pajolera idea en este tipo de cosas, ¿hay alguien con conocimientos laborales que me pueda decir básicamente en que consiste y los pros y contras?
Creo que con ese contrato, si el jefe te lo pide, te tienes que bajar los pantalones.
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Creo que con ese contrato, si el jefe te lo pide, te tienes que bajar los pantalones.
Como que crees, si ese es el contrato tipo que pones siempre.
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Creo que con ese contrato, si el jefe te lo pide, te tienes que bajar los pantalones.
¿Con éste solo? Joder, este país se va a la mierda :-\
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Como que crees, si ese es el contrato tipo que pones siempre.
Pues pa que lo sepas. al Mono le he hecjo 2 contratos y al Kalamar uno.
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Yo también estoy en prácticas con un contrato de colaboración, lo que quiere decir que la empresa a la cual vas a prestar tus servicios tiene prohibido legalmente ofrecerte o darte remuneración alguna. No sé nada de que seas autónomo o algo así... Solo estás en prácticas y ya está.
Son prácticas que forman parte del módulo que estés haciendo o carrera, no voluntarias no?
Al menos, así es el mío.
Saludos.
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Yo también estoy en prácticas con un contrato de colaboración, lo que quiere decir que la empresa a la cual vas a prestar tus servicios tiene prohibido legalmente ofrecerte o darte remuneración alguna. No sé nada de que seas autónomo o algo así... Solo estás en prácticas y ya está.
Son prácticas que forman parte del módulo que estés haciendo o carrera, no voluntarias no?
Al menos, así es el mío.
Saludos.
Es una beca en prácticas de empresa a través de la universidad y es voluntaria, no es obligatoria y además si que me pagan, una cifra común para todos los que las vamos a hacer más un plus por hacer más de lo estipulado.
Eso que tu dices ya lo hice en el módulo antes de ir a la universidad.
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Pues pa que lo sepas. al Mono le he hecjo 2 contratos y al Kalamar uno.
Se cree el ladrón...
Que en tus contratos el acoso sexual a los chavalitos sea un punto de estatuto mas de tu empresa, no implica que a jesulidenervion lo ponga los jefes mirando para Trebujena, o sí.
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Jesuli, es como un contrato de becario, sino has terminado la carrera eres becario, por cierto, hasta principio de este mes o final de este, las empresas tienen la obligación de dar de alta a los becarios en la seguridad social. No sé, porque lo tendría que ver en la página del INEM (donde puedes ver todos los tipos de contratos) si es este el que se corresponde a este nuevo tipo de contratación.
Tranquilo por las practicas de empresas, aprovechalas al máximo!!!!
Para que te quedes tranquilo, si es Universidad-Empresa, no vas a ser autonomo, ya que te pagará la empresa (aunque creo recordar, que a los alumnos de la US que están en praticas, en este caso becario, le paga la US).
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Jesuli, es como un contrato de becario, sino has terminado la carrera eres becario, por cierto, hasta principio de este mes o final de este, las empresas tienen la obligación de dar de alta a los becarios en la seguridad social. No sé, porque lo tendría que ver en la página del INEM (donde puedes ver todos los tipos de contratos) si es este el que se corresponde a este nuevo tipo de contratación.
Tranquilo por las practicas de empresas, aprovechalas al máximo!!!!
Para que te quedes tranquilo, si es Universidad-Empresa, no vas a ser autonomo, ya que te pagará la empresa (aunque creo recordar, que a los alumnos de la US que están en praticas, en este caso becario, le paga la US).
Gracias ;)
El contrato empieza así: DE UNA PARTE: D. JESUS (...) (en adelante, colaborador), con N.I.F. (...) y domicilio en C/ (...) SEVILLA, profesional autónomo, actuando en su propio nombre y derecho.
Lo de profesional autónomo es lo que me ha hecho dudar.
En mi caso nos paga la empresa, porque nos han asegurado el pago de los meses de noviembre y diciembre ya que están a la espera de que el ayuntamiento prorrogue el contrato con la empresa para el año que viene y la duración de la beca es de 5 meses.
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La verdad, es que eso de profesional autonomo, causa duda, muchisima duda.
Cuando hicistes la entrevista, te dijeron algo de pagar alguna cuota?? O de tener que darte de alta en régimen de autonomo??
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La verdad, es que eso de profesional autonomo, causa duda, muchisima duda.
Cuando hicistes la entrevista, te dijeron algo de pagar alguna cuota?? O de tener que darte de alta en régimen de autonomo??
Un compañero le preguntó y dijo que no hacía falta nada de eso, solo creo recordar que dijo algo de que daba igual si estabas dado de alta en la SS o si estabas en la INEM.
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Si pone que eres autonomo, pues a darse de alta como autonomo.
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Gracias ;)
El contrato empieza así: DE UNA PARTE: D. JESUS (...) (en adelante, colaborador), con N.I.F. (...) y domicilio en C/ (...) SEVILLA, profesional autónomo, actuando en su propio nombre y derecho.
Lo de profesional autónomo es lo que me ha hecho dudar.
En mi caso nos paga la empresa, porque nos han asegurado el pago de los meses de noviembre y diciembre ya que están a la espera de que el ayuntamiento prorrogue el contrato con la empresa para el año que viene y la duración de la beca es de 5 meses.
Está claro. Con el anterior contrato, te tenias que bajar los pantalones, con este está clarisimo, los pantalones y los calzoncillos. Vete preparando.
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Está claro. Con el anterior contrato, te tenias que bajar los pantalones, con este está clarisimo, los pantalones y los calzoncillos. Vete preparando.
Que harás tu con los paraguas cuando va la gente a llevarte curriculums... ::)
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Que harás tu con los paraguas cuando va la gente a llevarte curriculums... ::)
No le des mas ideas, que la cosa esta mu mala y le tengo que llevar mi curriculums. ::) :'( :'( :'(
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Ni idea de contratos, pero yo sé que el Cadenas ha contratado al pueblo-rojo y este finde tiene que disfrazarse de tía o eso dice en el post de la vida desgraciada.
Estás a tiempo de echarte p'atrás, Jesuli... :-\
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Ni idea de contratos, pero yo sé que el Cadenas ha contratado al pueblo-rojo y este finde tiene que disfrazarse de tía o eso dice en el post de la vida agraciada.
Estás a tiempo de echarte p'atrás, Jesuli... :-\
Que le hace mucha ilusion. :D
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que cabrones, ya os pillaré....:D
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Ni idea de contratos, pero yo sé que el Cadenas ha contratado al pueblo-rojo y este finde tiene que disfrazarse de tía o eso dice en el post de la vida desgraciada.
Estás a tiempo de echarte p'atrás, Jesuli... :-\
Mientras no lo suba nadie al yutub... ::)
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que cabrones, ya os pillaré....:D
Que no sea este fin de semana con faldita. :D
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¿Nadie? ???
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De principio un contrato mercantil no se somete a las normas del Derecho Laboral, no existe empleador ni trabajador. Olvídate del Estatuto de los Trabajadores con sus derechos y obligaciones.
Respecto a la relación mercantil y a qué te obliga, desde el momento en el que firmas ese contrato remunerado, tú prestas unos servicios a cambio de una contraprestación, pero no eres trabajador, no existe relación de dependencia sino que la empresa será tu cliente. Si te pagan lo harán a cambio de factura, y para poder emitir facturas, tendrás que darte de alta en Hacienda en el Impuesto de Actividades Económicas para el ejercicio de una actividad económica, y respecto de la S.S. supongo que serás considerado como autónomo y pagar la cuota mínima.
Es lo que se me ocurre así a bote pronto y por pura lógica.
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De principio un contrato mercantil no se somete a las normas del Derecho Laboral, no existe empleador ni trabajador. Olvídate del Estatuto de los Trabajadores con sus derechos y obligaciones.
Respecto a la relación mercantil y a qué te obliga, desde el momento en el que firmas ese contrato remunerado, tú prestas unos servicios a cambio de una contraprestación, pero no eres trabajador, no existe relación de dependencia sino que la empresa será tu cliente. Si te pagan lo harán a cambio de factura, y para poder emitir facturas, tendrás que darte de alta en Hacienda en el Impuesto de Actividades Económicas para el ejercicio de una actividad económica, y respecto de la S.S. supongo que serás considerado como autónomo y pagar la cuota mínima.
Es lo que se me ocurre así a bote pronto y por pura lógica.
Gracias ;)
Pues quizás me niegue a firmar el contrato y me rija por lo estipulado en la beca, haga los 500 árboles semanales y no más, para así estar cuanto más tiempo mejor y siga cobrando los 300/350 euros al mes, ya que lo que me pagarían a partir de ese umbral mínimo de árboles inventariados sería de 20 céntimos cada árbol y 5 céntimos cada palmera canaria, vamos, una chuminá.
A ver si hablo con el resto de compañeros para saber que van a hacer.