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#Alavés vs. S.F.C.
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Hay unos cuantos mensajes que condensan mi punto de vista. Recuerdo a bote pronto magníficos textos de piccolo, iluet, Cisne Negro y otros. triana_es_rojiblanca, lo reconozco me ha hecho soltar carcajadas en el metro. Después se ha puesto serio (o seria).
- Me parece cojonudo que se luche con toda dureza contra la corrupción a nivel municipal. Es una lacra que asola este país. La ciudadanía está primero, y muy por delante, de mis sentimientos futboleros. Del Nido está en todo su derecho de intentar revocar el dictamen del juez, pero yo, a día de hoy, me fío del estamento judicial como garante del cumplimiento de la ley. Faltaría más.
Si Del Nido dimitiese hoy mismo ¿qué persona sería apta para ser presidente sabiendo que Pepe Castro y JM Cruz no quieren serlo?El tema no es fácil sabiendo que lo único importante en todo esto es el Sevilla FC, pero esto no es una cuestión donde se dibuja una escena típica en el que la masa enfervorizada cogen cientos de antorchas y guadañas para linchar al ínclito.No preveo actualmente, por las razones que sean que debamos analizar, una transición tranquila tras el descabezamiento promulgados por muchos, y sin que esto tenga consecuencias graves para el Sevilla FC, a la postre, lo único que nos importa a todos por encima de los mandamases.En mi opinión, ya en frío, elegir entre un mal y un mal menor es la única alternativa actualmente y solo veo la continuidad de José María del Nido al frente del barco en primera instancia, para, eso sí, habernos dado cuenta de que la sucesión a la cabeza sevillista y alternativas están desprovistas de una manera en la que no nos paramos a pensar nunca.La personalidad de Del Nido ha sido tan arrolladora, tan exitosa al mismo tiempo y ha puesto el listón tan alto, que ha apagado cualquier posibilidad de que un sucesor imprima esa energía, ese éxito en definitiva.Y esto es porque cualquiera que llegase sabe perfectamente que está condenado porque a la mínima que esté por debajo del listón, el sevillismo se le echa encima como un gato a un ratón.Pidamos la cabeza de DN, pero si la pedimos debemos saber a qué nos estamos ateniendo porque la situación no es fácil para el sevillismo y a ver dónde acabamos con nuestros huesos en la lucha.No es fácil.
Querido compañero de sentimiento -rojiblanco-, permíteme que dude de lo que aquí afirmas. Y dudo porque me extraña mucho que ahora, precisamente ahora, se hayan dado cuenta de lo que venía pasando en Marbella durante décadas y en prácticamente todos los pueblos de la Costa del Sol.Si tienes interés puedes, sin mucha dificultad, bucear por internet y encontrar información detallada de miles de tropelías cometidas en la zona, denunciadas y por tanto conocidas por quien tenía el deber de evitarlas.Y por eso me río de que a Del Nido lo quieran condenar como cooperador necesario. Por pura dignidad, me niego a tragarme que los problemas de la corrupción en la Costa del Sol se deban a un camarero de Marbella, a una folclórica, y a un abogado pintoresco, a la sazón presidente de un club de fútbol de provincias.Al final, siempre ganan los mismos.
Aunque soy licenciado en derecho ni trabajo ni he trabajado nunca directamente con temas penales. Por otro lado, lo que dije es que había visto por encima 12-14 Sentencias no que las hubiera revisado. Metí en el buscador "malversación de caudales públicos" y, por un código de colores que hay, puede ver eso que comenté de que ninguna de ella había sido absolutoria plena en vía de recurso. Eso no quiere decir, obviamente, que no las haya, que las habrá, imagino. Le dediqué 10 minutillos por lo que no abrí ninguna. De esas que te comento unas se recurrieron y otras no. Y, de las que se recurrieron, unas se confirmaron y en otras se admitió parcialmente el recurso (ya fuera del fiscal o de los condenados). Hechas estas advertencias, te doy una rápida opinión del asunto por el que me cuestionesEl asunto que pones es el conocido como caso Son Oms. Se juzgaba al Conseller Insular de Territorio de Baleares que paga 12.020 euros a su contable para elaborar un estudio innecesario sobre el valor del suelo, que fue plagiado íntegramente de Internet, para agradecerle los servicios que le prestaba. El caso, aunque tiene un aire al del Presidente, no nos vale mucho como referencia. Por dos motivos, principalmente1. En ese caso hubo tres condenados. Dos por malversación y uno por cooperación. Y el "cooperador", un tal Tomás al que le cayeron 9 meses en 1ª instancia, se "conformó" con la Condena impuesta por lo que no fue al Supremo en Casación. Por tanto, no sabemos cómo respira el T.Supremo en este caso para el cooperador necesario que es el supuesto, precisamente, por el que ha sido condenado José Mª del Nido.2. Las cuantías. Lo que se malversó en ese caso fueron 12.020 euros lo cual, comparado con el caso del que hablamos, no llega ni a la categoría de migaja.Saludos
Hace tiempo escuché en la tele a un filósofo divagar sobre el miedo, en concreto sobre el miedo a lo desconocido. Y básicamente decía que el miedo a lo desconocido no existe, nadie puede tenerlo puesto que no se puede temer lo que desconoce. Lo que en realidad hacemos es sustituir lo desconocido por algo malo conocido. Y a eso tememos.A mí me parece que el temor a la sucesión de Del Nido nace más de sucesiones recientes de todos conocidos que de lo que pensamos que de verdad puede pasar. La estabilidad del Sevilla no depende de Jose María Del Nido. Depende de los accionistas mayoritarios que copan el consejo a día de hoy y de la segunda línea tras el presidente, Cruz, Vizcaíno y Monchi.De lo que se trata no es de pegarse un tiro en el pié, sino de hacer una sucesión tranquila avalada por consejo y vicepresidentes. Que el presidente no va a ser un nuevo Del Nido?. Claro que no. No lo hay. Como tampoco hay otro Alves ni otro Kanouté. Pero tampoco se acaba el mundo ahí.La cuestión es que la representatividad de un condenado como colaborador necesario en el desvío de caudales públicos es cuanto menos relativa y la imagen del club cae por los suelos.Y si alguien espera que Del Nido siga siendo el mismo, que recuerde que ya dijo que el juicio le afectó. Que imaginen como puede estar ahora que ha pasado de imputado a condenado.Así que yo, al menos, lo tengo claro. Lo que no quita que sienta temor por esa transición.
Llegará otro que no necesariamente tenga que ser peor. Su manera de actuar o de ser será diferente y quizás eso le acerque también al sevillismo porque no solo hay un listón y sobre todo, el listón de Del Nido no es perfecto, ni mucho menos. Entiendo que se tenga miedo al cambio, pero si el club es una entidad y sociedad seria, debe demostrar ahora que está capacitada para cambiar y seguir hacia adelante.
No, y ya me pesa, pero no. Ahora DN, mediante los recuersos, debe demostrar que es inocente.
Insisto en lo dicho antes, el problema no es que ahora mismo siga Del Nido o no, el problema es ver qué alternativas hay.Que los esfuerzos por parte de todos, probablemente, deban dirigirse a solucionar este problema que es más grave aún.Lo digo por los que ahora hablan de los miedos y del parecido de determinadas opiniones al loperismo.
A dia de hoy todo lo que este fuera del grupo de utrera a priori no es que me de miedo, lo que me da es terror.La historia reciente del Sevilla me hace ser pesimistas, tenemos unos cuantos ejemplos de personas que han venido a servirse del Sevilla o bien son incapaces para dirigir el club.Ademas a los aficionados con unos cuantos fichajes de relumbron se les engaña facilmente solo hay que recordar a Caldas que en la primera junta de accionistas salio en olor de multitudes.
Soy especialista en Derecho Público, pero del Derecho Penal y del Procesal aún recuerdo varias cosas una persona imputada o procesada es una persona que está siendo investigada, y una persona acusada es una persona que ya ha sido investigada y que va a ser o está siendo juzgada. Y, por supuesto, nunca debe uno olvidarse que hasta que se dicte sentencia firme, dicha persona, por mucho que haya sido imputada, acusada o condenada en primera instancia, sigue siendo inocente (art. 24.2 de la Constitución española).Del Nido es un condenado en primera instancia pero en el campo del Derecho Penal, la presunción de inocencia que garantiza el artículo 24.2 de la Constitución española es determinante y marca todo el Derecho Penal. En base a ello, todo el mundo es inocente de lo que se le acuse hasta que una sentencia firme penal establezca lo contrario.Contra esta resolución de la Audiencia Provincial de Málaga, y así lo establece la propia sentencia, cabe recurso de apelación, por lo que la sentencia no es firme.Respecto del recurso de casación expongo algunas aclaraciones de la doctrina y del propio Tribunal Supremo:CONDE-PUMPIDO: «la efectiva realización de esta misión ha obligado a la doctrina jurisprudencial a agotar los procedimientos para cumplir esta función revisora, incluyendo de alguna manera la revisión fáctica», lo cual ha sido posible «a través del desarrollo de la doctrina casacional sobre la presunción de inocencia, la interdicción de la arbitrariedad, la prueba indiciaria, la exigencia de motivación, etc.». Y añade lo siguiente al respecto: «Como vía más destacada, la invocación del derecho fundamental a la presunción de inocencia permite al Tribunal de casación constatar si la sentencia de instancia se fundamenta en: 1.º una prueba de cargo suficiente; 2.º una prueba de cargo que haya sido constitucionalmente obtenida; 3.º una prueba de cargo que haya sido legalmente practicada, y 4.º una prueba de cargo que haya sido racionalmente valorada. Estos cuatro parámetros permiten una amplia revisión del juego probatorio, y en consecuencia el recurso de casación ha ensanchado sus límites, convirtiéndose, prácticamente, en una segunda instancia, al menos en lo que se refiere a la impugnación de sentencias condenatorias».Cabe en este sentido la cita de la STS 679/1998, de 28 de julio: «Se ha repetido numerosas veces en la jurisprudencia que es función de esta Sala de casación, cuando en tal vía se alega infracción del derecho a la presunción de inocencia, comprobar si el tribunal sentenciador contó con prueba de cargo suficiente para dictar una resolución condenatoria, si esa prueba se ha obtenidoen legítimas condiciones de publicidad, inmediación y contradicción, y sin violentar derechos ni libertades fundamentales, así como cerciorarse de que tal prueba ha sido evaluada por el juzgador de instancia de acuerdo con criterios lógicos y de experiencia».¿Queda aclarado?Repito, no tiene que demostrar su inocencia, nadie tiene que demostrar su inocencia en un estado de derecho.Sé que aquí el rigor de lo que se expresa no es un principio que se cumpla a rajatabla pero es conveniente partir de unos conocimientos mínimos para expresarse correctamente.Esto son simples cuestiones jurídicas de garantías procesales y que en nada modifican mi apreciación de qué debe ser la presidencia del Sevilla como institución, y qué debemos tener claro los sevillistas.